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El Decreto 552 de 2026 sobre empresas y derechos humanos en Colombia: una nueva apuesta para organizar la casa

  • Foto del escritor: María José Romero
    María José Romero
  • 4 jun
  • 6 min de lectura


Durante años, Colombia ha hablado de empresas y derechos humanos. Hemos tenido planes nacionales de acción, espacios de diálogo, recomendaciones internacionales, diagnósticos, talleres, guías y muchas conversaciones sobre cómo lograr que la actividad económica avance de la mano con el respeto por los derechos humanos.


Esta vez hay algo distinto.


Con la expedición del Decreto 552 de 2026, Colombia da un paso importante en la evolución de esta agenda. No porque el decreto lo resuelva todo. No porque sea perfecto. No porque de un día para otro cambie la realidad de los territorios. Sino porque, por primera vez, esta conversación deja de estar únicamente en el terreno de los planes nacionales de acción (PNAs) y pasa a tener un instrumento normativo dirigido a ordenar la respuesta institucional del Estado.


Esto no surgió de la noche a la mañana. Detrás de su expedición hubo más de un año de trabajo técnico liderado por la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos, acompañado por procesos de diálogo y participación. Organizaciones de la sociedad civil, academia, gremios, empresas, organismos internacionales y personas expertas aportaron comentarios, recomendaciones y ajustes que ayudaron a fortalecer su contenido.


El resultado es un instrumento que recoge años de discusión acumulada en Colombia sobre empresas y derechos humanos, que busca mantener coherencia con los estándares internacionales en la materia y que refleja una construcción colectiva que trasciende una sola administración. En él convergen más de una década de aprendizajes, experiencias e iniciativas impulsadas desde distintos sectores para posicionar esta agenda en el país.


Precisamente por eso, lo primero que hay que decir con claridad es esto: este no es un decreto de debida diligencia obligatoria para las empresas. Tampoco es una ley de debida diligencia disfrazada. Es un decreto dirigido a las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional para que incorporen lineamientos comunes en materia de empresas y derechos humanos, fortalezcan sus capacidades, revisen sus marcos normativos y articulen mejor su respuesta frente a los impactos que pueden presentarse en el contexto de las actividades económicas.


En palabras sencillas: este decreto busca organizar la casa. Durante años, distintas entidades del Estado han abordado esta agenda desde sus propios mandatos y capacidades, generando avances importantes, pero también vacíos, duplicidades y niveles muy distintos de apropiación. La consecuencia ha sido una respuesta institucional fragmentada frente a desafíos que exigen una mayor coordinación entre sectores y entidades.


Hay entidades que han avanzado mucho. El sector minero-energético, por ejemplo, lleva años trabajando en políticas, lineamientos y herramientas en derechos humanos. También hay avances relevantes en temas de empresas estatales, compras públicas, transparencia y conducta empresarial responsable. Pero no todas las entidades están en el mismo punto, ni todos los sectores han entendido esta agenda con la misma profundidad.


Ahí está uno de los principales aportes del decreto: crear un Comité Técnico Especializado de Derechos Humanos y Empresas, adscrito a la Comisión Intersectorial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. Esto no es un detalle menor. Elevar esta instancia permite darle mayor estabilidad institucional a una agenda que no puede depender únicamente de la voluntad de un gobierno, de una persona o de un equipo técnico específico. Porque ese ha sido uno de los riesgos más grandes en Colombia: volver a empezar de cero cada vez que cambia el gobierno.


El decreto también establece tareas concretas. No se queda únicamente en grandes principios. Les pide a las entidades avanzar en diagnósticos normativos, revisar brechas, desarrollar capacidades institucionales, realizar análisis sectoriales, promover procesos de formación y orientar a las empresas de sus sectores hacia procesos de debida diligencia basados en el riesgo.


Una de estas tareas es particularmente relevante: por primera vez se les pide a las entidades revisar qué están haciendo, dónde están sus brechas y cómo esta agenda se incorpora realmente dentro de sus funciones y competencias.


Esto es importante porque el decreto no parte de la idea de que todas las entidades tienen el mismo nivel de desarrollo o comprensión sobre estos temas. Antes de orientar a las empresas, el propio Estado debe entender cuál es su papel, cuáles son sus responsabilidades y qué herramientas necesita para cumplirlas. El Pilar 1 de los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos es precisamente eso: el deber del Estado de proteger. Y proteger no significa únicamente reaccionar cuando ya ocurrió una afectación. Significa prevenir, orientar, regular cuando corresponda, coordinar a sus entidades, generar información útil, fortalecer la gestión pública y crear condiciones para que las empresas sepan qué se espera de ellas.


No se trata de imponer cargas imposibles de un día para otro. De hecho, uno de sus aciertos es que habla de implementación progresiva, diferenciada y focalizada. Esto es fundamental en un país como Colombia, donde no todos los sectores tienen las mismas capacidades, no todos los territorios enfrentan los mismos riesgos y no todas las empresas parten del mismo lugar.


La agenda de empresas y derechos humanos en Colombia tiene que reconocer esa realidad. No puede ser una receta plana. No es lo mismo hablar de transporte en una zona urbana que en un corredor estratégico del Pacífico. No es lo mismo hablar de agricultura familiar que de grandes cadenas de exportación. No es lo mismo operar en un territorio estable que en una zona afectada por conflicto armado, economías ilegales o alta conflictividad social.


La debida diligencia reforzada en contextos de conflicto armado y territorios de alto riesgo sigue siendo un concepto relativamente nuevo para muchas entidades y empresas, pero resulta particularmente relevante para Colombia. Si hay algo que nos ha enseñado la experiencia del país es que los riesgos en derechos humanos no se analizan en abstracto. Se analizan en el territorio, con historia, con actores, con conflictividades y con asimetrías reales de poder.


También vale la pena destacar la relación que el decreto establece con el Acuerdo de Escazú. Durante años, la agenda de empresas y derechos humanos y la agenda de gobernanza ambiental han avanzado de manera paralela, pese a compartir muchos de los mismos desafíos en los territorios. Reconocer la importancia de la participación, el acceso a la información y el diálogo fortalece la capacidad del Estado para prevenir conflictos y construir decisiones más legítimas alrededor de las actividades económicas.


Otro punto importante es la conexión con la agenda internacional. Mientras Colombia avanza en este decreto, el mundo también se mueve. El Reglamento Europeo sobre productos libres de deforestación, la Directiva europea sobre debida diligencia en sostenibilidad corporativa y otros marcos regulatorios están empujando a las empresas y a los Estados a tomarse más en serio la trazabilidad, la legalidad, los derechos humanos, el ambiente y la transparencia.


El reto será que estas agendas no avancen por caminos separados. No tendrá sentido que el país termine con una conversación sobre EUDR, otra sobre CSDDD, otra sobre empresas y derechos humanos, otra sobre sostenibilidad y otra sobre compras públicas sostenibles, como si fueran mundos distintos. En el fondo, todas estas discusiones se conectan con una misma pregunta: cómo tomamos mejores decisiones públicas y privadas frente a los riesgos sociales, ambientales y de derechos humanos que existen en las cadenas de valor y en los territorios.


Ahí hay una oportunidad enorme. Este decreto puede convertirse en una plataforma para que las entidades del Estado entiendan mejor su rol, coordinen sus actuaciones, produzcan información útil para la toma de decisiones y construyan una visión común sobre lo que significa cumplir el deber del Estado de proteger los derechos humanos en el contexto de las actividades empresariales.


Para que eso pase, el decreto no se puede quedar en el papel. Ahora viene lo más difícil: implementarlo. El Comité Técnico tiene que funcionar. El Plan de Acción y Seguimiento tiene que ser claro, realista y medible. Las entidades tienen que apropiarse de sus responsabilidades. La línea base debe actualizarse periódicamente. Los diagnósticos sectoriales deben servir para tomar decisiones, no para llenar informes. Y la sociedad civil, la academia, los gremios, las empresas, las organizaciones sindicales, las comunidades y los organismos internacionales deben seguir acompañando, vigilando y aportando.


Colombia no está empezando de cero. Hay años de trabajo acumulado, recursos técnicos invertidos, aprendizajes institucionales, experiencias territoriales y personas que han empujado esta agenda desde distintos lugares. Por eso, más que una política de gobierno, esta debe consolidarse como una política de Estado. Perder ese acumulado por un cambio de gobierno será un despropósito.


El Decreto 552 de 2026 llega en un momento importante y difícil. Con retos, sí. Con preguntas, también. Pero también con una oportunidad: pasar de la conversación general sobre empresas y derechos humanos a una arquitectura institucional más clara, más estable y más coherente.


Ahora el llamado es a leerlo, entenderlo, debatirlo y acompañarlo para asegurar que su esencia se mantenga. Porque más allá de los ajustes que seguramente vendrán, el verdadero desafío será evitar que Colombia vuelva a empezar de cero. Después de años de construcción técnica, diálogo y aprendizaje institucional, el reto será lograr que esta agenda siga avanzando.




María José Romero

Directora, Rights Lab

 
 
 

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